sábado, 11 de febrero de 2012

Reforma Laboral I

Los cambios  laborales que pretende realizar el actual gobierno los ha iniciado con la publicación de un Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Tal y como algunos miembros del gobierno dijeron la reforma ha sido extremadamente agresiva para los trabajadores en activo; la cuestión está en si esa agresividad servirá para crear empleo y no para destruirlo.

Entre las notas más destacadas de esta norma está el cambio de indemnización para los trabajadores en caso de despido improcedente que pasa  ser de 33 días por año de trabajo con un máximo de 24 mensualidades en vez de los 45 días anteriores con el máximo de 42 meses.

El importe de esa indemnización es para todos los trabajadores con contrato indefinido, para los nuevos que se hagan a partir de ahora y para los contratos en vigor.

En caso de despido procedente la indemnización será de 20 días por año trabajado hasta un total de 12 mensualidades.

No se podrá tener a un trabajador con contratos temporales más de 2 años.

Las empresas podrán tener a trabajadores a prueba por el espacio de un año.

Habrá bonificaciones en la Seguridad Social para menores de 30 años y para mayores de 45 años.

Las empresas podrán cambiar las condiciones marcadas en los convenios sobre jornadas, salarios... en caso de que lo necesiten para mejorar la productividad, para evitar pérdidas ya sean actuales o previstas y también en caso de que sus ventas disminuyan.

La reforma laboral no ha hecho más que empezar.

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