lunes, 19 de marzo de 2012

Incapacitación Judicial

La incapacitación judicial es una figura jurídica creada para velar por los intereses de la persona discapacitada o enferma cuya capacidad de obrar se quiere limitar y que es incapaz e gobernarse por si  misma.

Las personas que pueden solicitar este proceso son el cónyuge, los descendientes, los ascendientes o los hermanos del presunto incapaz

El procedimiento judicial sobre la incapacitación está regulado en los artículos 748 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Con la incapacitación judicial la persona pierde todos los derechos civiles para poder enajenar y administrar bienes.

El procedimiento de incapacitación se inicia con un escrito o demanda por parte de la familia del discapacitado dirigido al juez competente ( Juzgado de 1ª Instancia del lugar donde reside el presunto incapaz) en el que se le informa de la existencia de una persona con discapacidad psíquica y se solicita su declaración como incapaz y el nombramiento de un tutor.
Para iniciar este procedimiento es necesario la asistencia de abogado y procurador.
Los trámites del proceso de incapacitación judicial se inician, ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde resida la persona a la que se va a incapacitar,  mediante la presentación de  un escrito o demanda de solicitud y la siguiente documentación:

Documentación de la persona que solicita el proceso
DNI
Certificado nacimiento
Certificado de penales (Impreso 790, abonar tasas, fotocopia DNI )
Certificado de empadronamiento

Documentación de la persona a la que se quiere incapacitar
DNI
Certificado de nacimiento
Informes médicos que acrediten minusvalía o enfermedad
Certificado de empadronamiento

Es necesaria, para iniciar este proceso, la asistencia de abogado y procurador

Antes de que se tome una decisión judicial el tribunal habrá que tener en cuenta entre otras cuestiones un dictamen del médico forense.

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